Perú establece criterios para la observación responsable de fauna silvestre marina

El documento aprobado por el Serfor establece distancias, velocidades y tiempos de observación para reducir la perturbación de aves marinas, tortugas, lobos marinos y nutrias durante actividades recreativas.
POR: SPDA / FECHA: 29.09.2026
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Foto: SPDA

El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), organismo adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), aprobó los “Criterios técnicos para la observación e interacción recreativa con fauna silvestre marina en su hábitat natural”, una herramienta orientada a fortalecer la conservación de estas especies y promover prácticas responsables durante las actividades recreativas en el litoral peruano.

Los criterios fueron aprobados mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N.° D000182-2026-MIDAGRI-SERFOR-DE, publicada en el Diario Oficial El Peruano. Su elaboración incluyó un proceso participativo, luego de que la propuesta inicial fuera publicada en noviembre de 2025 para recibir comentarios y aportes de la ciudadanía.

El documento establece medidas para la observación de aves marinas, tortugas marinas, lobos marinos y nutrias marinas, tanto desde embarcaciones como desde tierra. También contempla actividades de nado y buceo con tortugas marinas, siempre que no exista contacto físico con los animales.

Foto: Gustavo Carrasco / SPDA

Distancias y tiempos para la observación

Desde embarcaciones, el acercamiento a la fauna debe realizarse a una velocidad máxima de 4 nudos y manteniendo una distancia mínima de 30 metros respecto al ejemplar más próximo. Para los pingüinos de Humboldt, esta distancia aumenta a 60 metros.

La observación de aves marinas, lobos y nutrias no debe superar los 20 minutos por punto. Si se identifican señales de perturbación —como cambios abruptos de dirección, vuelos repentinos, buceos prolongados o abandono de sitios de reposo—, la embarcación deberá retirarse lentamente hasta alcanzar una distancia mínima de 100 metros.

En el caso de las tortugas marinas, los criterios establecen una distancia mínima de 10 metros en playas de anidación y un tiempo máximo de observación de 15 minutos para nidos, desoves o eclosiones.

Para las actividades de nado o buceo, se debe mantener una distancia mínima de 3 metros respecto a las tortugas. En un área de 50 m² pueden permanecer hasta 10 personas y el tiempo máximo de interacción es de 15 minutos. Si el animal se aproxima, se debe permitir su libre desplazamiento, sin tocarlo ni modificar su comportamiento.

Foto: Gustavo Carrasco / SPDA

Una herramienta para reducir la perturbación de la fauna

Además de establecer parámetros para las actividades recreativas, los criterios brindan orientaciones para reconocer señales de perturbación y reducir sus posibles impactos sobre la fauna silvestre marina.

“La finalidad de estos criterios es prevenir y reducir el impacto negativo que pueda generarse sobre las poblaciones y el comportamiento de las especies de fauna silvestre marina por la actividad de observación e interacción recreativa en su hábitat natural”, señaló Lady Amaro, especialista en fauna silvestre marino costera del Serfor.

Para la SPDA, contar con criterios técnicos específicos permite establecer orientaciones claras para operadores turísticos, autoridades y ciudadanía.

“Contar con criterios técnicos permite establecer orientaciones claras para operadores turísticos, autoridades y ciudadanía, y contribuir a que las actividades de observación se desarrollen sin generar perturbaciones innecesarias sobre la fauna silvestre marina”, señaló Luis Zari, coordinador de proyectos del Programa Bosques y Servicios Ecosistémicos de la SPDA.

La elaboración de los “Criterios técnicos para la observación e interacción recreativa con fauna silvestre marina en su hábitat natural” contó también con el apoyo técnico de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), como parte de sus esfuerzos por fortalecer la conservación de la fauna silvestre marina y promover prácticas responsables de observación e interacción con estas especies.

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