Áreas naturales protegidas y ecosistemas frágiles sectoriales: SPDA hace un llamado a la articulación intersectorial para la conservación de la biodiversidad

POR: SPDA / FECHA: 22.05.2025
SPDA
Foto: Diego Pérez / SPDA

El 28 de abril del presente año, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva D000092-2025-MIDAGRI-SERFOR-DE, se aprobó la derogatoria de la tercera disposición complementaria final de los “Lineamientos para la identificación de ecosistemas frágiles y su incorporación en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles” que ordenaba modificar la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles en caso se establezcan o reconozcan ANP (a nivel nacional, regional o privado) en áreas que se superpongan con ecosistemas frágiles sectoriales. A partir de esta modificación, se vienen dando interpretaciones y debates en torno a la coexistencia de las figuras legales de “ecosistema frágil sectorial” y “áreas naturales protegidas”, así como al régimen de competencias asociado.

Desde la SPDA, estamos convencidos de que las metas de conservación de la biodiversidad nacional son deber de todas y todos los peruanos, incluyendo todos los niveles de gobierno y especialmente aquellas entidades que cuentan con competencias específicas. Esto implica que todo acto de gestión pública, independientemente del nivel o sector, debería encaminarse al cumplimiento de dicho fin.

La importancia de nuestra biodiversidad y su impacto en el desarrollo de nuestro país nos ha impulsado a construir un marco normativo e institucional que busca asegurar su conservación y uso sostenible en beneficio de toda la ciudadanía. A lo largo de los años, este proceso ha permitido la creación de diversas herramientas que, de manera gradual, permiten consolidar nuestra relación con la naturaleza y el ambiente, gracias al trabajo articulado y coordinado entre los diferentes niveles de gobierno y la ciudadanía.

Entre estas herramientas, destacan las ANP reguladas en el marco de la Ley de Áreas Naturales Protegidas (Ley 26834) y sus normas complementarias; y los ecosistemas frágiles incluidos en la Lista Sectorial del Serfor, regulados en el marco de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Ley 29763) y sus normas complementarias. Estas dos figuras se encuentran bajo los liderazgos del Sernanp y Serfor, respectivamente.

Destacamos los esfuerzos institucionales que realizan estas y otras entidades en diversificar y escalar la protección jurídica de los diversos mecanismos de protección y conservación de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos asociados. En este sentido, con la finalidad de evitar la fragmentación del marco institucional ambiental y de recursos naturales y trabajar hacia un propósito mayor que los fines sectoriales, expresamos lo siguiente:

  • Enfatizamos que, tanto la figura de ecosistema frágil sectorial como la de ANP, aunque cuenten con bases normativas y de gobernanza distintas, apuntan a una misma finalidad: la conservación de la biodiversidad. En ese sentido, ambas figuras deberían verse como complementarias entre sí y, por tanto, tener una convivencia armónica y ordenada en el territorio nacional, de tal manera que ambos mecanismos no se vean debilitados, sino más bien potenciados.
  • Consideramos que no deberían imponerse restricciones a iniciativas de establecimiento de ANP impulsadas conforme a ley por las autoridades competentes como el SERNANP o los gobiernos regionales, menos aun cuando son producto de procesos participativos parte del propio procedimiento de establecimiento y creación de ANP.
  • Consideramos que la derogatoria de la Tercera Disposición Complementaria de los “Lineamientos para la identificación de ecosistemas frágiles y su incorporación en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles” no debe ser interpretada como una restricción para la creación de futuras ANP. En primer lugar, porque dicha competencia no recae en el sector forestal y, en segundo lugar, porque estos procesos cuentan con su propio marco normativo consolidado en la Ley de Áreas Naturales Protegidas, su reglamento y normas complementarias.
  • Invocamos a las autoridades involucradas, especialmente al Serfor y al Sernanp, a articular esfuerzos para promover la conservación integral, conectada y eficaz del territorio, con una gobernanza claramente definida, contribuyendo al cumplimiento de las metas del Marco Mundial de Biodiversidad Kunming-Montreal. Para alcanzar estas metas ambiciosas, se requiere tanto del uso de las herramientas e instrumentos existentes como de una coordinación interinstitucional sólida y de una participación activa de toda la ciudadanía.
  • Hacemos un llamado a los tomadores de decisión a priorizar el fortalecimiento de la figura de ecosistemas frágiles sectoriales, que actualmente cuenta con más 188 ecosistemas en todo el país incluidos en la Lista e identificados como áreas de alto valor de conservación. Estos esfuerzos deben destinarse a fortalecer su marco de protección de jurídica, fomentar su complementariedad y conectividad con otras modalidades de conservación, prevenir su afectación frente a presiones antrópicas y actividades ilegales, y fomentar su gestión participativa y descentralizada, como por ejemplo en el caso de la gestión de los humedales.
  • Finalmente, consideramos esencial tomar en cuenta y evaluar técnicamente todo aporte proveniente de diversos actores (como la academia, sociedad civil, especialistas, autoridades regionales y locales, pueblos originarios y sus organizaciones representativas, entre otros), que promuevan la conservación de la biodiversidad y el patrimonio forestal y de fauna silvestre. Estos aportes deben ser analizados caso por caso, con el debido sustento técnico y legal aplicando criterios de razonabilidad y buscando una gestión y gobernanza efectiva e integral, que contribuyan progresivamente en la protección de los ecosistemas.

Reafirmamos nuestro compromiso de trabajar colaborativamente a través de la asistencia técnico-legal y generación de propuestas con evidencia a las autoridades nacionales, regionales y locales involucradas en la implementación de las figuras y herramientas antes señaladas, promoviendo una gestión descentralizada, coherente y participativa que permita una conservación efectiva de la biodiversidad y aprovechamiento de los servicios ecosistémicos por las comunidades locales, cuyos medios de vida suelen estar estrechamente relacionados con estos espacios naturales, así como en favor del interés público.

 

COMPARTIR
SPDA SPDA SPDA