Foto: OEFA

  • Solo 4 de los 9 procedimientos administrativos sancionadores iniciados contra la empresa (6 por OEFA, 1 por Serfor y 2 por Sernanp) han sido resueltos en primera instancia.

Escribe: Jean Pierre Araujo / Gobernanza Marina de la SPDA 

 

La magnitud del derrame de hidrocarburos del 15 de enero de 2022 obligó al Estado a declarar la emergencia ambiental en la zona marino-costera en los distritos de Ventanilla (Callao), Santa Rosa y Ancón (Lima Metropolitana), Aucallama y Chancay (provincia de Huaral).

Ha pasado ya casi un año este hecho y, a la fecha, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), hasta el año pasado, reportó que aún existen 77 sitios afectados (71 playas, puntas y acantilados; 3 áreas naturales protegidas, y 3 islas e islotes).

¿Cuáles han sido las principales acciones desplegadas por el OEFA, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) y el Servicio Nacional de Áreas Protegidas por el Estado (Sernanp), en el marco de sus competencias como entidades de fiscalización ambiental?

Las competencias en fiscalización ambiental

Bajo nuestro sistema jurídico, la implementación de las diferentes medidas administrativas están sujetas a las competencias en materia de fiscalización ambiental que recaen en cada una de las diferentes agencias gubernamentales encargadas de la fiscalización de:

  1. Las obligaciones ambientales en el subsector hidrocarburos (OEFA);
  2. la conservación de la flora y fauna silvestre fuera de las áreas naturales protegidas de administración nacional (Serfor); y
  3. la conservación de las áreas naturales protegidas afectadas (Sernanp).

Las medidas de OEFA

Entre el 18 de enero y el 8 de abril de 2022, OEFA aprobó un total de 16 medidas administrativas de cumplimiento inmediato. De ellas, 7 habrían sido incumplidas y 1 impugnada. Las medidas dictadas en ese período tenían por objeto la implementación de acciones inmediatas tras el derrame que buscaban reducir o evitar los riesgos a la salud, el ambiente y los recursos naturales.

El 16 de noviembre de 2022, en atención a la solicitud de acceso a la información pública (SAIP) presentada por la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), OEFA informó que la Refinería La Pampilla SAA (RELAPASAA) registraba 6 procedimientos administrativos sancionadores (PAS) iniciados en su contra por los derrames ocurridos en enero de 2022.

Asimismo, OEFA indicó que 3 expedientes habían sido ya resueltos en primera instancia, la cual determinó la existencia de responsabilidad administrativa, razón por la que impuso medidas pecuniarias (multas).

No obstante, lo resuelto por la primera instancia, las decisiones adoptadas en ese caso aún no habrían sido consentidas, por cuanto aún debemos esperar para conocer el desenlace de los tres expedientes.

Foto: Serfor

Serfor frente a los atentados contra la fauna

El 15 de marzo de 2022, a dos meses del desastre en nuestro litoral, Serfor emitió una nota de prensa donde comunicó el inicio de un PAS contra RELAPASAA por la comisión de infracciones categorizadas como “muy graves” según el Reglamento de Infracciones y Sanciones en Materia Forestal y de Fauna Silvestre.

Además, dicha nota precisó que las infracciones eran: “actuar con crueldad” y “actuar con crueldad y causar la muerte” de una serie de especímenes de fauna silvestre.

Recientemente -el pasado 15 de diciembre- Serfor comunicó que la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Lima (ATFFS Lima) emitió una resolución que determinó la imposición de una multa y tres medidas correctivas contra RELAPASAA por la comisión de las precitadas infracciones.

En efecto, la ATFFS Lima impuso una multa de más de 7.2 millones de Soles (1571.39 Unidades Impositivas Tributarias – UIT) por causar la muerte de 1852 especímenes y por poner en riesgo la salud de 198 individuos de fauna silvestre.

Las medidas correctivas impuestas buscaban: asegurar la disposición adecuada de los 1852 especímenes de fauna silvestre muertos; atención y manutención de la fauna silvestre sobreviviente (la cual ya no puede regresar a su hábitat natural por lo que deberá ser atendida en cautiverio en instalaciones especialmente acondicionadas para asegurar su bienestar); y realizar el monitoreo biológico del estado poblacional de las especies silvestres (aves, mamíferos y reptiles) que habitan en las áreas afectadas con el derrame de hidrocarburo, para lo cual deberá presentar y ejecutar el correspondiente plan de monitoreo.

Dentro de la fauna silvestre afectada encontramos especies categorizadas como “en peligro” según la Lista de clasificación y categorización de las especies amenazadas de fauna silvestre legalmente protegidas, aprobada por el Decreto Supremo 004-2014-MINAGRI. Algunas de las especies afectadas son: pelícano peruano (Pelecanus thagus), pingüino de Humboldt (Spheniscus humboldtii), la chuita (Phalacrocorax gaimardi), la nutria marina (Lontra felina) y el piquero peruano (Sula variegata).

Ahora tocará esperar que la resolución emitida por la ATFFS Lima quede consentida y pueda ser ejecutada.

Foto: Sernanp

Sernanp y las áreas naturales protegidas

Tras la afectación a la Zona Reservada Ancón y la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras (en el ámbito del polígono Islote Grupo de Pescadores y Punta Salinas), la Jefatura de cada una de las áreas naturales protegidas (ANP) inició investigaciones para determinar la responsabilidad por la presunta comisión de las conductas antijurídicas que habrían generado impactos nocivos en la biodiversidad que albergan ambas ANP.

Como resultado de esta investigación, RELAPASAA podría ser investigada por cometer una infracción calificada como muy grave, por la “contaminación de la diversidad biológica presente en el ANP, a través de la introducción de elementos físicos, biológicos y sustancias tóxicas”. En este caso, la multa puede alcanzar aproximadamente los 46 millones de Soles, en cada caso.

A la fecha, Sernanp no ha informado sobre la culminación de ninguno de los dos procedimientos que se habrían iniciado durante este año, en ninguna de sus instancias.

Trabajo desde la sociedad civil

Desde un inicio, distintas organizaciones y profesionales independientes se pusieron a la orden de las autoridades administrativas para brindarles apoyo y soporte desde cada una de las diversas especialidades de la gestión ambiental y conservación de los recursos naturales.

Por ejemplo, la SPDA pudo participar activamente en siete PAS impulsados (6 por OEFA y 1 por Serfor) a lo largo del 2022, en su calidad de tercero administrado. La incorporación de la SPDA en los citados procedimientos ha tenido como objetivo facilitar el análisis y revisión del marco jurídico ambiental, buscando la atención rápida y eficiente de las entidades a cargo, a fin de que se adopten las medidas administrativas que permitan reducir, mitigar o compensar los daños generados al ambiente y los recursos naturales.

Asimismo, a nivel de políticas públicas, dentro de los 20 días siguientes, la SPDA desarrolló  el documento: 11 propuestas normativas para evitar una nueva catástrofe ambiental, el cual propone una serie de medidas regulatorias que permitan prevenir y atender oportunamente desastres ambientales, proveer una respuesta rápida y eficiente a las personas afectadas, asegurar la determinación de responsabilidades reduciendo la impunidad, y fortalecer el acceso a la justicia ambiental.