El 14 de abril, la presidenta Dina Boluarte promulgó la norma que modifica la Ley de creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), pese al rechazo que expresaron instituciones de derechos humanos, así como organizaciones civiles e indígenas, incluso embajadas y organismos como Naciones Unidas.
Según los promotores de la norma, se pretende fortalecer el trabajo de APCI para mejorar la “transparencia y la supervisión de los recursos recibidos por las entidades que gestionan la cooperación técnica internacional”; sin embargo, en el fondo, esta iniciativa busca controlar y censurar a las organizaciones no gubernamentales (ONG) que trabajan a favor de los derechos humanos, educación, salud, ambiente, participación ciudadana y otros temas de interés social.
Uno de los puntos más graves de esta nueva ley, es que prohíbe que los recursos de la cooperación técnica internacional sean usados en “asesorar, asistir o financiar, de cualquier forma, o modalidad, acciones administrativas, judiciales o de otra naturaleza, en instancias nacionales o internacionales, contra el Estado Peruano”. Por ejemplo, las personas que buscan justicia por la vulneración y violación de sus derechos humanos en casos donde incluso el propio Estado ha sido el perpetrador o generador del daño ya no pondrán contar con recursos para ser asistidos ni defendidos, como ha sido por décadas. Esta ley ha dejado en estado de desprotección a las poblaciones más vulnerables del país, limitando su derecho humano de acceso a la justicia y a la no impunidad, ejerciendo además una intromisión política en el ámbito del sistema de justicia.
Asimismo, la ley establece que la APCI deberá aprobar previamente planes, programas y proyectos de cualquier ONG antes de que estos puedan ser ejecutados, así como los contratos y actos administrativos que una ONG celebre con el Estado. En la práctica, esta disposición otorga a la APCI un poder de veto que podría traducirse en una censura previa sobre toda actividad, directa o indirecta, que desarrollen las organizaciones que reciben fondos de la cooperación internacional, incluso si estos provienen de fondos privados. Este nivel de control resulta comparable a un escenario donde el Estado tiene la facultad de autorizar o rechazar las líneas editoriales de los medios de comunicación, bajo el pretexto de “regular el impacto” de los recursos que dichos medios reciben.
La SPDA presentó dos informes sobre esta propuesta, antes y después de aprobada por el Pleno del Congreso, y determinó que debería ser archivado u observado por el Ejecutivo porque representa un atentado contra la libertad de asociación, la libertad de expresión y un peligro para la democracia porque atenta contra la independencia de las ONG, restringe el derecho de defensa de los peruanos más vulnerables, crea más burocracia y establece sanciones desproporcionadas, desde multas de 500 UIT hasta el cierre de las organizaciones.
Esta ley solo abre la puerta a restricciones arbitrarias y al control estatal de las iniciativas y proyectos de la ciudadanía, poniendo en riesgo la libertad de asociación y de expresión, entre otros derechos fundamentales reconocidos en la Constitución.
Por ello, hacemos un llamado a las autoridades para derogar la Ley 32301, porque es inconstitucional y vulnera derechos fundamentales, y abrir un diálogo abierto y democrático que congregue a organizaciones y ciudadanía general, con el fin de fortalecer el sistema de cooperación internacional que ha mejorado la vida de miles de personas.