Hoy 2 de diciembre, en la ciudad Busan (República de Corea), concluyó la quinta sesión del Comité Intergubernamental de Negociación para elaborar un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre la contaminación por plásticos, en particular en el medio marino (INC-5 por sus siglas en inglés), sin que los países parte hayan llegado a un acuerdo. Por ello, se ha dispuesto que las negociaciones se extiendan en lo que se denominaría la INC-5.2.
Durante la reunión INC-5, desarrollada del 25 de noviembre al 2 de diciembre, más de 150 delegaciones de todo el mundo se reunieron por más siete días, extendiéndose hasta horas de madrugada en varios días. Como era de esperarse, estas largas jornadas de discusión evidenciaron que la comprensión sobre la urgencia de abordar de manera frontal y ambiciosa el problema de la contaminación por plásticos no es uniforme y que, pese a la evidente crisis climática que está afectando a la población mundial, es difícil aún llegar a consensos a nivel político.
A continuación, desarrollamos en qué consistió este proceso de negociación y cuáles fueron los temas más polémicos y por qué no se llegó a acuerdos.
El 2 de marzo de 2022, la Asamblea de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEA), aprobó la Resolución 5/14 con la meta de poner fin a la contaminación por plástico mediante el mandato de construir un instrumento internacional jurídicamente vinculante que aborde este problema.
La Resolución 5/14 solicitaba a la directora ejecutiva del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) convocar a un Comité Intergubernamental de negociación para iniciar trabajos desde el segundo semestre de 2022 y los culmine a finales de 2024. En este contexto, la ciudad de Busán fue la locación de lo que debía ser el quinto y último periodo de sesiones de este comité y que se llevó a cabo esta semana.
Conforme al mandato de la Resolución 5/14, este acuerdo global debía considerar diversos aspectos para tener un acuerdo jurídicamente vinculante y a la altura de las expectativas mundiales dado el contexto actual. Estos aspectos son:
Adicionalmente, la resolución destaca la necesidad de garantizar una participación lo más amplia y eficaz posible en las labores del grupo de trabajo especial de composición abierta y el Comité Intergubernamental de negociación.